MEJORAS EN LAS CONCESIONES Y TARIFAS DEL AUTOTRANSPORTE 1958-1964

MEJORAS EN LAS CONCESIONES Y TARIFAS DEL AUTOTRANSPORTE 1958-1964

A fines de los años cincuenta del pasado siglo XX, la Red Federal de Carreteras experimentó un notable aumento en los servicios públicos del autotransporte. Esto se debió a las facilidades que dio la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a los particulares para obtener la concesión correspondiente a través de su Departamento de Tránsito y Policía Federal de Caminos, así como al establecimiento de tarifas razonables.

 

LAS CONCESIONES

La SCT realizaba un análisis meticuloso antes de otorgar la concesión a los autotransportistas

La secretaría tenía que asegurarse de que los solicitantes cumplieran con las garantías y la seguridad de los servicios ofrecidos de acuerdo con la Ley de Vías Generales de Comunicación. Para ello, antes de otorgar la concesión, se hacía un análisis meticuloso. El proceso constaba de dos fases: en la primera se entregaba a los particulares un permiso de tipo provisional; y en la segunda, se otorgaba la concesión en definitiva si demostraban dar un servicio realmente eficaz, y si no tenían oposición legal fundada por terceros.

La carretera Saucillo-Delicias forma parte de la autopista 45D que conduce de México a Ciudad Juárez, Chihuahua. https://mx.toponavi.com/2658-31516

Uno de los ejemplos que resaltaba la prensa de la época fue la concesión que otorgó la secretaría a Ramón Flores Carrasco “para operar el servicio público de transportes de pasajeros en la ruta que va de la población de Saucillo a Delicias, ubicada en el estado de Chihuahua. La autorización obliga a que el servicio se haga en transporte adecuado para segunda clase, contándose entre las personas que van a beneficiarse con el servicio a las de escasos recursos por lo económico que les resulta.”1

La ruta entre Saucillo y Delicias tiene una longitud de 27 kilómetros y forma parte de la Carretera Internacional México - Ciudad Juárez.

 

LAS TARIFAS

El Departamento de Tarifas de la SCT fijaba las cuotas de los diversos servicios de transportación

Al igual que las concesiones, en aquellos años las tarifas se establecían previo la realización de una serie muy completa de estudios de tipo económico, contable y jurídico, que aprobaban, o no, su aplicación, pero siempre se cuidó que no afectaran los intereses generales de la población. Dichos estudios fueron realizados por un equipo de especialistas del Departamento de Tarifas de la SCT cuya tarea principal era “resolver los problemas específicos, tales como la fijación de cuotas de servicios aéreos comerciales, de autotransportes, de ferrocarriles, de vías marítimas y fluviales, maniobras portuarias y de alijo, comunicaciones eléctricas, etc.”

Una vez emitidos los resultados, la Comisión Técnica Intersecretarial de Tarifas, integrada por los delegados de empresas particulares, así como representantes de las secretarías de Hacienda, Agricultura, Marina, y la propia secretaría de Comunicaciones, se encargó de examinarlos a conciencia. Con base en el dictamen final, a cargo de dicha Comisión, correspondía al secretario de Comunicaciones y Transportes autorizar las tarifas propuestas, evitando en lo posible afectar los intereses de la comunidad. Esta fue la política en materia de tarifas del autotransporte que dio a conocer la secretaría el 14 de julio de 1959.

Aeronaves de México y Mexicana de Aviación solicitaron rebajas en las tarifas de algunas de sus rutas comerciales. https://mx.pinterest.com/pin/12596073945036011/ / https://www.eluniversal.com.mx/tendencias/fotos-asi-lucia-mexicana-de-aviacion-desde-sus-inicios-hasta-su-quiebra-en-2010/

La SCT puso también un interés particular en regularizar las tarifas de los medios de comunicación y transporte, sustentadas en bases económicas que evitasen competencias que llevaran a la ruina. Fue el caso de las aerolíneas nacionales Aeronaves de México y Mexicana de Aviación que habían solicitado al gobierno descuentos en las rutas establecidas entre la capital del país y varias poblaciones importantes.

La secretaría tomó nota y afirmó en un comunicado a la prensa: “Las tarifas que desean establecer esas empresas están siendo objeto de cuidadosos estudios, pues existe el criterio de que tanto la rebaja como el alza de cuotas se autorice solamente en casos plenamente justificados; esto es, cuando sean de real beneficio público y no lesione los intereses legítimos de otras empresas, ni tampoco originen competencias de tipo ruinoso, pues esto perjudica a corto plazo, los intereses generales de la comunidad.”2

 

REFERENCIAS

1 Mejoría en los autotransportes. El Universal febrero de 1959 primera sección p. 13.
2 Ídem.

 

Portada: Los concesionarios del autotransporte público fueron beneficiados con mejores tarifas y prácticas administrativas. https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2663-371X2024000300033 / https://www.pinterest.com/pin/352617845829834614/